A partir de 1986, se conformaron los Consejos Estatales contra las Adicciones,
en estricto apego al Pacto Federal asentado en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en el cual se establece que las entidades que son libres y soberanas en todo lo
concerniente a sus regímenes interiores; y de acuerdo con la Ley General de Salud que señala a la
Secretaría de Salud (SSA) como la encargada de la coordinación del Sistema Nacional de Salud, con
base en la legislación que regula a las instancias participantes.
Estos Consejos, instalados en cada una de las entidades federativas, están presididos por el
Gobernador, y son coordinados por el Secretario de Salud local o los Jefes de los Servicios
Coordinados de Salud Pública del Estado. Cada Consejo cuenta con un Secretario Técnico, que es el
enlace con el CONADIC, y con varios vocales, cuya función consiste en propiciar la participación de
las diversas instituciones, tanto del sector público como del privado, en cumplimiento de los
programas contra las adicciones.
Una tarea prioritaria del CONADIC a través de los Consejos Estatales, es extender sus
acciones a los Comités Municipales contra las Adicciones fundamentalmente en las zonas consideradas
de alto riesgo, como es el caso de las fronteras norte y sur, centros de alto crecimiento
industrial y turístico, así como zonas conurbadas de las grandes ciudades.