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Las actividades de salud deben cumplir con requisitos que aseguren un mínimo indispensable de calidad en los servicios e intervenciones con miras a la protección de la población. En este marco, en México se han ido presentando un elevado número de iniciativas de prevención y tratamiento de Adicciones y de padecimientos psiquiátricos como parte del interés creciente que estos problemas fueron despertando en distintos sectores sociales y privados. Por ello, se vio la imperiosa necesidad de establecer criterios y lineamientos básicos para el adecuado desarrollo de estas acciones. Además, la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial en 1992 emitió la Ley de Metrología y Normalización, en la que establece que las normas técnicas deben ser sustituidas por Normas Oficiales Mexicanas. En respuesta a esta situación, CONADIC convocó a especialistas y representantes de más de 40 organismos e instituciones vinculados con las acciones de reducción de la demanda, para elaborar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones, que define y establece los principios y criterios de operación en materia de prevención, detección temprana, referencia de casos, tratamiento, investigación, vigilancia epidemiológica, seguimiento y evaluación, capacitación y enseñanza, así como de los derechos de los usuarios. La Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de agosto de 2009.
MEDIDAS PRACTICAS PARA LA APLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS SOBRE CONSUMO DE TABACO Para facilitar la aplicación de los Reglamentos sobre consumo de tabaco, se suguiere poner en práctica las siguientes medidas:
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